Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINCION TOTAL DE LA PENA, al ciudadano ARCENIO JOSE AZUAJE, venezolano, natural del Caserío El Retiro, Municipio San Isidro Municipio Sucre Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº V-9.377.423, nacido el 13/12/1964, de 46 años de edad, residenciado en el Caserío El Retiro Municipio Sucre Estado Portuguesa, por cumplimiento de la misma, por la comisión de los delitos de Violación, Lesiones Personales Levísimas y Porte Ilícito de Arma, en perjuicio de la ciudadana María Emilia Rojas de Loyo, todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal y así se decide.