Vista la manifestación expresa de cuyo contenido se desprende la voluntad de desistir de la acción y del procedimiento interpuesta por la apoderada judicial de la parte actora en la presente causa, una vez constatada la existencia en autos del respectivo poder apud acta, el cual corre inserto al folio 35 del presente expediente, otorgado por el ciudadano Florencio Antonio López Rivero, representante legal de la empresa Distribuidora Fal C.A., a los abogados Zoraida Herrera y Oscar Mahín Mejías Ramos y por cuanto a los mencionados abogados le fueron conferidas facultades expresas para mediar, conciliar, desistir, transigir, convenir, comprometer en árbitros y arbitradores, recibir cantidades de dinero y expedir los correspondientes recibos y finiquitos, intentar y contestar demandas, oponer y contestar cuestiones previas, reconvenir, promover y evacuar todo tipo de pruebas, solicitar inspecciones judiciales, solicitar medida cautelares, preventivas o ejecutivas y oponerse a las que se a.....