En suma, por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por el Abogado LUIS ENRIQUE RIVERA CLEER, en su condición de FISCAL AUXILIAR PRIMERO DEL MINISTERIO PÚBLICO, contra la decisión dictada en fecha 20 de marzo 2006, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en funciones de Control No. 4 Extensión Acarigua, mediante la cual decreta medida cautelar Sustitutiva de libertad al acusado YOVANNY FRANCISCO SILVA.