DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos: MONTENEGRO SAHAD OSCAR FRANCISCO Y LIGIA COROMOTO COURI, Venezolanos, mayores de edad, el primero domiciliado en la Calle 2, casa N° 10-25 de la Comunidad Centro arriba, la Estación, Municipio Ospino Estado Portuguesa, y la segunda en la Calle Plaza entre av. Páez y troncal 5, casa S/N, Barrio Abajo, Municipio Ospino Estado Portuguesa y titulares de las cédulas de identidad Nº: V 3.598.858 y V 2.840.208, respectivamente, y disuelto, en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, el 08 de Junio de 1970, por ante la Alcaldía del Municipio Páez del Estado Portuguesa, según acta Nº 140.-
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofícies.....