´Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: se IMPARTE HOMOLOGACIÓN al RECONOCIMIENTO realizado por los ciudadanos GLADYS GREGORIA GARCÍA y PABLO JOSÉ BRICEÑO RODRÍGUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.407.946 y 8.027.670, en ese mismo orden, asistidos por el abogado GUSTAVO ADOLFO MOLINA DURÁN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 313.605, con relación a la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA que interpusieron en su contra los ciudadanos JOSELYS ALEJANDRA BECERRA GUEDEZ y JOSÉ GREGORIO LOYO MORIAN, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 24.319.537 y 21.562.754, en ese mismo orden, asistidos por el abogado RAMÓN FREITEZ RODRÍGUEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 92.199.
SEGUNDO: De conf.....