DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por el abogado RAFAEL O. LINARES, en su carácter de defensor de las imputadas ELIX CAROLINA RAMIREZ VARGAS Y MARIA SOLVEY RAMIREZ VARGAS, con base en el numeral 5° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del auto dictado en fecha 02 de junio 2005, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control N° 2, con sede en Guanare de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual negó, por extemporáneas, la admisión de las pruebas testimoniales ofrecidas por la defensa.
Déjese copia, notifíquese y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
El Juez de Apelación Presidente,
Joel Antonio Rivero
Ponente
La Juez de Apelación, .....