Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD DE SNACKS PARA SER DEMANDADA.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano JUAN RAMON DURAND MENDOZA contra la empresa SNACKS, S.R.L (CENTRO DE DISTRIBUCIÓN BIN ACARIGUA).
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado, Firmado, y Sellado, en la Sala de Despacho de este Juzgado, en Acarigua a los veinte (20) días del mes de julio de dos mil cinco.
LA JUEZ 1° DE JUICIO,
Abg. ROSA M. MULLER TOBOSA.
LA SECRETARIA,
Abg. CLAUDIA AGUILLÓN
En esta misma fecha se publicó, siendo las 2.53 p.m. Conste.
La Scria,