Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación propuesta por el Abogado Orlando Gil Rodríguez, en fecha 20 de abril de 2012, en contra de la decisión dictada por Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 17/04/2012, que declaró IMPROCEDENTE el petitorio de invalidación requerido por el mencionado abogado, sobre la medida practicada por ese Tribunal en fecha 29/03/2012.
SEGUNDO: Queda en consecuencia CONFIRMADA la decisión de fecha 17 de abril de 2012, dictada por el Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró IMPROCEDENTE el petitorio de invalidación contra la medida de embar.....