Por cuanto no hubo oposición, Este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en los artículos 822 del Código Civil, DECLARA a los ciudadanos: MARIA HELENA VOIRIN de BRICEÑO (Conyugue), MARIA ELENA BRICEÑO VOIRIN, BEATRIZ AURORA BRICEÑO VOIRIN, GABRIELA BRICEÑO VORIN, MONICA GRACIELA BRICEÑO DE SALGUERO, JUAN JOSE BRICEÑO VOIRIN, PABLO MIGUEL BRICEÑO VOIRIN y ESTEBAN BRICEÑO VOIRIN (fallecido, dejando como herederas a las ciudadanas VERUSKA HELENA BRICEÑO PEREZ e INES CRISTINA BRICEÑO PEREZ), antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Causante: JUAN JOSE BRICEÑO GUERRERO, debidamente identificado en autos, todo conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Expídase por S.....