Por todas estas consideraciones este Tribunal en funciones de Juicio Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, NIEGA la solicitud de Revisión de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, presentada el Defensor Publico Abogado ASDRUBAL LEON, en representación de los intereses de la acusada EURYS JOSEFINA HENRIQUEZ CAMACHO, ya identificada, por no existir enfermedad en fase Terminal que amerite cambio de sitio de reclusión y se ACUERDA respetar las condiciones de salubridad y el tratamiento medico adecuado, en consecuencia se oficia al Comandante de la Comisaría General de Policía del Estado Portuguesa, a los fines de solicitar de sus buenos oficios y colaboración institucional de ubicar a la acusada en autos una vez que sea reingresada a dicha comandancia por parte de su dada de alta en el Hospital Dr. Miguel Oraa de la ciudad de Guanare Estado Portuguesa, en .....