: Celebrada la Audiencia oral de presentación de detenido se dictó auto fundado mediante el cual se ACUERDA mantener la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada en fecha 12704706, en contra del ciudadano MIGUEL ALEJANDRO DELGADO QUINTERO, plenamente identificado, por encontrarse involucrado en el hecho punible calificado por el Ministerio Público como ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el Artículo 458 en concordancia con el artículo 80 en su Primer Aparte, ambos del Código Penal derogado, en perjuicio de la ciudadana ROSA MAIGUALIDA MULLER TOBOSA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con los artículos 251 numerales 2 y 3 y 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal.