VI
DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y Por Autoridad de la Ley DECLARA:
Primero: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, ciudadano VINCENZO DE NUNZIO FIORELLO; representado judicialmente por laAbogada DORITZA LINARES. Y Así se Decide.-
Segundo: SE REVOCA la Sentencia definitiva de fecha 18 de Mayo de 2012 proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa- sede Acarigua. Y Así se Decide.-
Consecuencialmente, se modifica el régimen de convivencia familiar fijado en sentencia de fecha 17 de marzo de 2009, quedando establecido de la siguiente manera:
El padre compartirá con su hijo Fabriccio Thomas los días martes y jueves desde las 9:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.....