Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento, efectuado por la parte actora representada por el Apoderado Judicial Abogado DERVIS HUWERLEY FAUDITO RODRÍGUEZ en el proceso que por DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO sigue la ciudadana BELINDA COROMOTO RUIZ ORTEGA, contra el ciudadano LUCIO COROMOTO ROJAS, y la EMPRESA DE SEGUROS MERCANTIL, única y exclusivamente con respecto al codemandado LUCIO COROMOTO ROJAS, continuando la causa en el estado en que se encuentra respecto a la codemandada EMPRESA DE SEGUROS MERCANTIL. En Consecuencia, conforme a los Artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil.- Imparte su Homologación y le da autoridad de Cosa Juzgada.
A los fines de salv.....