DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Califica la aprehensión como flagrante del ciudadano Gennis Germán León Barrios Titular de la Cédula de Identidad N° V-14.068.720, Venezolano, natural de Barinas Estado Barinas, nacido en fecha: 23-04-73, de 37 años de edad, de estado civil: soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el caserío Cogollal, específicamente al frente de la finca denominada "el Botalón", del Municipio Papelón Estado Portuguesa, de acuerdo a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
2) Acoge la precalificación jurídica por el delito Lesiones Tipo Básicas, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal y acuerda que se c.....