DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide:
PRIMERO: Se constituye este Tribunal de Juicio en forma UNIPERSONAL para conocer de la causa seguida al adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY, venezolano, de dieciséis (16) años de edad, fecha de nacimiento 16-05-1994, portador de la cédula de identidad Nº V-21.060.183, soltero, estudiante, residenciado en la Urbanización Durigua, sector 04, calle 09, casa Nº 23, Acarigua, Estado Portuguesa; a quien se le imputa la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, establecido en el artículo 406, ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio de SE OMOTE POR RAZONES DE LEY (OCCISO); conform.....