DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE, para entrar a conocer y decidir el presente recurso de apelación ejercido por el ciudadano EMILIO JOSE GIL, debidamente asistido por el abogado MIGUEL ÁNGEL ROSENDO BASTIDAS, contra la sentencia de fecha 15 de mayo del año 2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano EMILIO JOSE GIL, debidamente asistido por el abogado MIGUEL ÁNGEL ROSENDO BASTIDAS, contra la sentencia de fecha 15 de mayo del año 2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Cir.....