Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, deja sin efecto la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes ciudadanos TOMÁS ALCIVIADES MÉNDEZ CAMACHO, MAURA JHOSMEL MÉNDEZ CAMACHO y MAHUAMPY MERCEDES MÉNDEZ CAMACHO, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JOSÉ SAMIR ABOURAS TOTÚA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 129.393; contra: el ciudadano: NASSER MASHMUD KHUFFASH YÉPEZ, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ TORREALBA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 11.850.146. en el juicio por DESALOJO Y RECLAMACION DE CANONES DE ARRENDAMIENTO. En los mismos términos expuestos por ellas, atribuyéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Códig.....