En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición formulada por la Abg. Elysmar Ivonne Márquez Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.261.900 en su carácter de Jueza Suplente del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa,
Publíquese, regístrese y remítase copia certificada de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario, de este Primer Circuito. En Guanare, a los 20 días del mes de Noviembre de dos mil veintitrés. Años: Años: 213° de la Independencia y 164º de la Federación.....