III
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA en el presente juicio que por por motivo de COBRO DE BOLÌVARES VÌA INTIMATORIA intentó el abogado HUMBERTO JOSE ZABALA GRANADOS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro 240.640 quien actúa como apoderado judicial del ciudadano SLEIMAN SLEIMAN ALI AHMAD, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-29.963.611, contra el ciudadano JOSÈ ALFREDO FONTIVEROS SANTELIZ, (plenamente identificados en autos).
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte actora mediante boleta.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzg.....