En suma, por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público, Andrés Duarte, en su carácter de defensor del acusado Henry Javier Legon Rojas, contra la sentencia dictada en fecha 22-06-2004 por el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal, en función de Juicio No. 1, de la Extensión Acarigua de este Circuito Judicial Penal en la causa signada con el Nro. PP11-P-2004-000043 y publicada en fecha 12 de julio de 2004; por falta de motivación y violación de ley. En consecuencia, queda confirmada la referida decisión.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase en la oportunidad de ley.
Dada, firmada y sellada en la Corte de Apelaciones del Estado Portuguesa, a los veinte días del mes de diciembre de 2004. Años 194° de la Independencia y .....