CAPITULO IV
DISPOSITIVA:
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de Desalojo del Inmueble Arrendado, intentada por el ciudadano SALVADOR VILLEGAS TERÁN, asistido por el abogado EDILIO PLACENCIO, contra el ciudadano CHAFIC ALI EL NEMR PEXFENI, todos antes identificados, el cual esta constituido por un local, propiedad del demandante, para fines comerciales, ubicado en la carrera 2 Bolívar, del casco urbano de la ciudad de Biscucuy Municipio Sucre del estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se CONDENA a la parte demandada a hacer la entrega material del bien inmueble objeto del presente juicio, libre de personas y cosas, constituido por un local, propiedad del demandante, para fines comerciales, ubicado en la carrera 2 Bolívar, del c.....