DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el ofrecimiento de Obligación de manutención formulada por el ciudadano NERFRAN ANTONIO TORREALBA GRATEROL en beneficio de su hija la niña (Identidad omitida de conformidad a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), contra la ciudadana MARELSY COROMOTO CAÑIZALEZ MONTILLA. En consecuencia el Demandado ciudadano NEFRAN ANTONIO TORREALBA GRATEROL, cancelará la cantidad de DOCE MIL CIENTO NOVENTA Y UN BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (BS. 12.191,45) MENSUALES y en los meses de agosto y diciembre la cantidad de VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS BOLIVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS (Bs. 2.....