En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipio Paez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara ¿El cese de los actos perturbatorios en el lote de terreno, ubicado en el sector ¿La Parreña¿, asentamiento campesino ¿La Garrapatera¿ del Municipio Ospino del Estado Portuguesa, con los linderos antes señalados, en virtud al Amparo a la Posesión Legitima que le fuera decretado al Querellante: Miguel Armando Duque, antes identificado, perturbación esta atribuida a los Querellados: Luz Maryeris Camacho, Elisa Guevara y Hernán Gómez; así mismo como cualquier otra persona, es todo. En este estado interviene la parte actora Miguel Armando Duque, anteriormente identificado, asistido en este acto por el Abg. Yonni Rivero quien expone ¿Solicito al Tribunal se participe del presente acto al.....