DECISION
Por todas las razones de hecho y de derecho este Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la
Ley Declara con Lugar, la demanda que por Fijación de Obligación Alimentaría interpuso la ciudadana: SEQUERA CARRASCO PETRA MARÍA, titular de la cédula de identidad N° V-10.325.013, en representación de su hijo: JOSÉ GABRIEL SEQUERA, de doce (12) años de edad, en contra del ciudadano: NAUDY JOSÉ JUAREZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.639.106, plenamente identificado en autos, En consecuencia se fija el monto de la Obligación Alimentaría que el ciudadano NAUDY JOSÉ JUAREZ, debe suministrarle a su hijo, JOSÉ GABRIEL SEQUERA, de doce (12) años de edad, por la cantidad de: OCHENTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs 80,000,oo), y en los meses de Agosto y Diciembre de cada año, se fija el dob.....