DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR: PRIMERO: LA CONFESION FICTA de la demandada ciudadana GLADYS FLORES, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.941.502, domiciliada en la ciudad de Araure Estado Portuguesa. Y consecuencialmente CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE INMUEBLE que intento el profesional del derecho Abogado NARCIZO SEGUNDO GUTIERREZ, actuando en su propio nombre e interés, sobre un inmueble constituido por una casa, ubicada en la vereda 02, N° 07, Urbanización Baraure UD-2 de la ciudad de Araure Estado Portuguesa y bajo los siguientes linderos: Norte: Estacionamiento, Zona Verde, Vereda 03; Sur: Vivienda N° 05; Este: Solar Vivienda N° 06 y Oeste: Vereda 02, de la ciu.....