Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR; el recurso de apelación interpuesto por el abogado MANUEL JAEN BARRETO en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante MILAGROS JOSEFINA GARCÍA AZUAJE. contra la decisión de fecha 20 de noviembre del año 2008 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare.
SEGUNDO: CONFIRMA; la decisión de fecha 20 de noviembre del año 2008 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.