D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de EXTINCION DE PATRIA POTESTAD propuesta por la FISCALÍA CUARTA DE MINISTERIO PÚBLICO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, DEL ADOLESCENTE Y LA FAMILIA DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, contra la ciudadana MAIVA YULIETH BRICEÑO en beneficio del niño identidad omitida por disposición de la ley, de conformidad con lo previsto en la causal "d" del artículo 356 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Se ordena efectuar rectificación de la partida de nacimiento del referido niño por cuanto existen error en el primer nombre de la madre, por cuanto se asentó MAIRA siendo lo correcto MAIVA; a.....