DECISION:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ANACELIS DEL CARMEN CARRIZO MONTILLA Y CARLOS ALBERTO GRATEROL PERDOMO ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial, que ambos contrajeron el día Veintinueve (29) de Diciembre de 1997, por ante la Oficina de registro civil del Municipio Sucre del Estado Portuguesa, como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº121 que en copia certificada fue traída a los autos.- ASI SE DECIDE.- De conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y la sentencia 446/14 distada por el Tribunal Supremo de Justicia - Queda extinguida la Sociedad Conyugal.- ASI SE DECIDE......