Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por la abogada INGRID OSORIO, identificada en su condición de apoderada judicial de los demandantes-recurrentes, ciudadanos OSCAR ENRIQUE HERRERA, RAFAEL SIMÓN RODRÍGUEZ, ALICE AIDE MORA DE CAMERON, MARÍA VICENTA TORRES, JOSÉ GONZALO PERAZA, JOSÉ WILLIAN PEREZ MOROÑO y JOSÉ ESTEBAN PÉREZ RIVAS en la presente causa, contra la decisión de fecha 24 de noviembre del año 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.