´PRIMERO: se IMPARTE HOMOLOGACIÓN al CONVENIMIENTO realizado por la ciudadana PATRICIA MUÑOZ BARRIOS, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.549.331, asistida por el abogado OCTAVIO ALIRIO DIAZ BARRIOS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 270.966, con relación a la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA interpuesta por el ciudadano LERWIN ELISAUL TORREZ GONZALEZ, titular de la Cédula Identidad Nro. 14.271.708, asistido por el abogado GENARO CHACON BAEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 221.344.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1.363 y 1.364 del Código Civil, queda RECONOCIDO de manera expresa y voluntaria el contenido y la firma del documento de venta privado, donde le fue entregado en venta pura y simple, perfecta e irrevocable al ciudadano LERWIN ELISAUL TORREZ GONZALEZ, un inmueble objeto de la demanda´