Al imputado HERLIS ANTONIO MONSALVE CARRIZO, se le impuso de las medidas alternativas a la prosecución del proceso, como son los acuerdos reparatorios, suspensión condicional del proceso y el procedimiento por admisión de los hechos, previstos en los artículos 40, 42 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se le informó que sólo es procedente en este caso el procedimiento por admisión de los hechos, a quién se le explicó el sentido y alcance de este procedimiento y manifestó en forma libre y sin ningún tipo de presión o coacción no acogerse al mismo.
Se acuerda otorgar medida cautelar sustitutiva de libertad a HERLIS ANTONIO MONSALVE CARRIZO, por la presunta comisión del delito de aprovechamiento de vehículo automotor proveniente del delito de robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, conforme a lo establecido en el artículo 256, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, sometiéndolo a presentaciones por ante este Cir.....