DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (unipersonal) en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 7 y 318 numeral 3, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ARGENIS MANUEL SANCHEZ, quien es venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº9.566.749 y residenciado en la vereda 36, casa Nº19, Urbanización La Goajira II, Acarigua, estado Portuguesa, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, cometido en perjuicio de JOSE EDDY GAMARRA RODRIGUEZ, en virtud que el referido ciudadano cumplió con las condiciones impuestas al momento de suspendérsele el proceso.
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