DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos CARLOS EDUARDO SUAREZ NIÑO Y DANNY ELIZABETH DIAZ TOVAR, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de la cedula de Identidad Nros V- 13.990.030 y V-13.555.400, domiciliados EL primero de ellos en el Barrio arriba centro del municipio Ospino del estado portuguesa y la segunda domiciliada en la ciudad de Acarigua del estado portuguesa y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, fecha 28 de Marzo de 2014 por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Páez parroquia Acarigua del Estado Portuguesa. Según acta N° 0160, folio 160 ASI SE DECIDE.
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentenci.....