En suma por cuanto antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de revisión interpuesto contra la sentencia dictada al penado JOSE REMIGIO COLMENAREZ por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, de fecha 8 de noviembre de 2005, mediante la cual se le condenó a cumplir la pena de ocho (08) años de prisión por la comisión del delito de Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.