De la misma, en virtud de la cual este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Juicio Nº 3, constituido como Tribunal Mixto, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, por unanimidad Declara culpable al Ciudadano Jhean Carlos Montilla, venezolano, soltero, natural de Barquisimeto, nacido en fecha 28-01-81 titular de la cédula de identidad Nº 16.645.419, residenciado en Mesa de Cavacas, barrio mata verde, calle principal, de esta ciudad de Guanare por la comisión del delito de Homicidio Calificado por Alevosía, Motivos Fútiles e Innobles en Grado de Autoría, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1º del Código Penal, en perjuicio de Rodríguez Juan Bautista y Godoy Mariana del Carmen; y lo Condena a cumplir la pena de Veintiséis (26) años, tres (3) meses de presidio, mas las accesorias de Ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal y acuerda su Privación de Libe.....