En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la causa iniciada por demanda reivindicatoria intentada por YOTCIELY ANDREÍNA FIGUEREDO CORDERO ya identificada, contra EMMA MAJÍN LEONARDO CASTILLO RUÍZ, también identificado, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA y DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la presente causa, en el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del Estado Trujillo con sede en la ciudad de Guanare, al que se remitirán oportunamente las presentes actuaciones.