REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guanare, 21 de octubre de 2004
Años: 194° y 145°
N° 15
Exp. N° 2E-32-99.
Vista la solicitud hecha por el ciudadano AZUAJE BRICEÑO JOSÉ GREGORIO, titular de la cédula de identidad N° V-9.406.437, y visto que no corre en autos actuaciones de este Tribunal que conlleven a este operador jurídico a interrumpir el curso de la prescripción de la acción penal; según lo dispuesto en el artículo 108 Numeral 5° del Código Penal en consecuencia este Juzgado pasa a decidir y al respecto observa que por no ser contrario a derecho lo solicitado por el mencionado ciudadano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 2, del Cir.....