Visto el CONVENIMIENTO DE PAGO, presentado por los Abogados en ejercicio LUIS ALBERTO MARRERO y HERNANDEZ BIANA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 203.513 y 184.547, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.844.262 y V-14.981.981, respectivamente, endosatarios en procuración en la presente causa, y el ciudadano CARLOS ANTONIO ROMERO, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.610.354, asistido por el Abogado en ejercicio LEONEL CARUCI, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.139.738 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 171.010, en consecuencia, se acuerda de conformidad con lo solicitado y por cuanto, lo allí expresado no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o algunas disposiciones expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles, en tal virtud, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turèn, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portu.....