DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la recusación interpuesta en fecha 9 de octubre de 2024, por el ciudadano RAFAEL ANTONIO GRIMÁN PABÓN, titular de la cédula de identidad N° V-18.732.191, en su condición de imputado en la causa penal Nº OM-2024-000938, en contra de la ciudadana Abogada VIANNEYS MATUTE, en su condición de Jueza del Tribunal de Primera Instancia de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, de conformidad con los artículos 95 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, notifíquese al recusante y remítase el presente cuaderno especial en su oportunidad legal al Tribunal de procedencia, conforme lo dispone el artículo 97 del Código Orgánico.....