Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de Desalojo de Inmueble, intentada por la ciudadana Milagro Coromoto Parra Valera, en su condición de Propietaria de la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Vargas S.R.L., inscrita originalmente por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 10-06-1996, inserto bajo el N° 2, Tomo 2-A y N° 3 Tomo 2-A, con última modificación en fecha 28-11-2.003, inserto bajo el N° 39, Tomo 10-A Expediente número 4818, a través de su apoderado judicial Abogado José Gregorio Hernández Quintero, contra la Ciudadana Eligia Andrea Mendoza Vela; sobre un inmueble constituido por un local comercial ubicado en el Centro Comercial Ciudad Cuatricentenaria distinguido con el N° 11, carr.....