S E G U N D O:
Por Las argumentaciones anteriores; este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con funciones de Control N° 2 Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a los parámetros legales establecidos en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA: DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa, seguida en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, por la comisión del delito de FUGA DE DETENIDO, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, al Juzgado de Control N° 1 Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Guanare, en virtud de existir en ese Instancia Judicial la causa con el delito que merece mayor pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 parte in fine del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de.....