en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA : PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por : Miguel Arcángel Álvarez Graterol, Julio Enrique González, Carlos Eduardo Pérez Escobar, Landys Adames Montilla Graterol, José Gregorio Graterol, Samuel Eduardo Soto Muñoz, Adolfo Bayona Torres, y Luís Alberto Muñoz Castillo, titulares de la cédula de identidad N° V-9.254.955, V-14.996.073, V-13.039.614, V-13.040.542, V-9.251.354, V-19.528.018, V-13.328.728, Y V-9.405.363, de este domicilio, en contra de las empresa ; Constructora Cucchia C.A , Suficientemente identificado en autos parte demandada en la presente causa. SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada , antes identificado, a pagar a los demandantes la cantidad de; DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOSCINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON CATORCE CENTIMOS Total condenado a pagar a la demandada (Bs. 274.657,14)tal y como esta discriminada en los cuadros arriba señalados, Mas los interes.....