Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa - Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara LA LITISPENDENCIA del presente juicio en relación al expediente Nº C-2013-000995. En consecuencia se declara LA EXTINCIÓN de la presente causa.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la acción.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Acarigua, a los veintiún (21) días del mes de noviembre del año dos mil trece (21/11/2013).- AÑOS: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez,
Abg. José Gregorio Marrero Camacho.-
La Secretari.....