Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial, en fecha veintinueve (29) días del mes de Noviembre de 2004, mediante la cual Absuelve al ciudadano AUSTREDES JOSE MOSQUERA ALDANA Venezolano, de 45 años, Nacido en fecha: 08/02/1.948, titular de la cedula de identidad N° 4.202.456, residenciado en la Parroquia Río Acarigua en la calle principal, casa N° 25 del Municipio Araure, Estado Portuguesa, de la comisión de los delitos de: Distribución Ilícita de Estupefacientes previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, perpetrado en perjuicio de la Salud Pública; en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano AUSTREDES JOSE MOSQUERA ALDANA.