DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa,
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre los Ciudadanos JESUS ALBERTO AYALA MARTINEZ y JUANA MATILDE VALLADARES PERAZA, en los términos por ellos acordados. Por lo tanto la Obligación Alimentaria queda establecida en la Cantidad de BOLIVARES SESENTA MIL MENSUAL (Bs 60.000, oo) los cuales el Obligado Alimentaria entregara a la madre de los niños, en dinero en efectivo en dos partes de BOLIVARES TREINTA MIL (Bs 30.000, oo) en forma quincenal cada una, Igualmente se establece que el Obligado Alimentario debe entregar a la madre el doble de esta cantidad todos los Diciembres de cada año, para los gastos de Ropa y calza.....