Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 17 de octubre de 2006 por el abogado Francisco Taddei, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana María Strippoli Santolo, José Rafael Mora y el adolescente (identificación omitida), contra el auto dictado en fecha 09 de octubre de 2006 por el Juzgado Unipersonal N° 2 de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: se declara INADMISIBLE la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento del adolescente (identificación omitida), presentada en fecha 27 de septiembre de 2006, por los abogad.....