Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados AMADO CARRILLO, JOSE GREGORIO PETRILLO y GERARDO CARRILLO, actuando con el carácter de Defensores Privados de los ciudadanos HECTOR LEON SEQUERA, LUIS FELIPE PEREZ SUAREZ, FABIAN RODRIGUEZ SAUCEDO, ALEXANDER LINARES EDWARD, JULIO CESAR CASTILLO DIAZ, EUDIS COLINA GONZALEZ, ALBERT SAAVEDRA, ELISIO JOSE GARCIA, JEAN CARLOS LUGO, DARWIN LUNA AGUILAR y JULIO CESAR LUNA; SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 14 de noviembre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal, con sede en Guanare, mediante la cual ordenó mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los .....