III
DISPOSITIVA
En fuerza de las razones que anteceden, este Juzgado Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara: SIN LUGAR la demanda que por Desalojo de Inmueble sigue la ciudadana Carmen Graciela Barrios de Briceño, contra el ciudadano Samir Hennawi Eldibid, ambas partes identificadas plenamente en autos. ASI SE DECIDE.
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil Vigente, se condena al pago de las costas a la parte actora.
Por cuanto la presente sentencia salio fuera del lapso, se acuerda notificar a las partes.
Publíquese, Regístrese, y déjese copias certificadas de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Juzgado de los Municipios Guanarito y Papelón del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
En Guanarito, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil cin.....