DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 03, constituido en Tribunal Unipersonal, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO iniciado el día 11 de Enero del año 2008, en la presente causa seguida a los acusados RENGAR FERMIN JIMÉNEZ VALERA, JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ AMAYA, y JORGE LUIS CABEZA, ya identificados, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO (con alevosía) Y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal y artículo 282 eiusdem; LUIS ALBERTO GUANDA SUAREZ, JOSÉ MIGUEL BESCANZA ARGUELLO, DOLIBIS GREGORIO CARRILLO MENDOZA, NOBEIDA MARIA BASTIDAS RODRÍGUEZ, y MARY COROMOTO REINA AZUAJE, ya identificados, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD previsto en .....