En fuerza de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño, Niña y Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, declara Con Lugar la pretensión mero declarativa de concubinato, incoada por la ciudadana MIRIAN RODRIGUEZ, contra los sucesores o causahabientes del De Cujus FRANCISCO PEREZ SAN LUIS; y se declara Sin Lugar la oposición a la presente acción, formulada por el ciudadano SALVADOR CAYO PEREZ SAN LUIS, ambos identificados.
En consecuencia, quedando establecida la unión de hecho o concubinaria accionada, corresponde a la actora la titularidad del cincuenta por ciento (50 %) de los derechos de propiedad sobre los bienes dejados por el causante con sus respectivos frutos e intereses y adquiridos en el lapso comprendido desde el año 1984 hasta el 03-01-2007, fecha de su fallecimiento, y desde luego, pudiendo concurrir en el resto del acervo hereditario, sus s.....